viernes, 8 de noviembre de 2013

El titulo de monitor y coordinador certificado de profesonalidad ¿Como hacerlo?

Bueno hace tiempo que en las escuelas y por el mundillo del tiempo libre se oye eso de que los títulos de monitor y coordinador se iban a convertir en una FP, pues de momento ya se ha publicado lo que os pongo debajo, la pagina es: http://www.juventud.jcyl.es/web/jcyl/Juventud/es/Plantilla100Detalle/1284224580551/_/1284290489964/Comunicacion?plantillaObligatoria=PlantillaContenidoNoticiaHome  no dudéis en hacerlos si cumplís los requisitos es un titulo mas que quedara bien en el curriculum.

Certificados de Profesionalidad

El día 24 de octubre se publica en el BOCyL, la Orden en la que se establece el procedimiento para la expedición de los certificados de profesionalidad correspondientes a las titulaciones de monitor de tiempo libre, coordinador de tiempo libre e informador juvenil expedidas por el Instituto de la Juventud de Castilla y León.
A partir del día 25 de octubre entra en vigor la ORDEN EYE/867/2013, de 22 de octubre, por la que se establece en su disposición transitoria segunda, el procedimiento para la expedición de los certificados de profesionalidad, correspondientes a la formación impartida por las escuelas de tiempo libre acreditadas por el Instituto de la Juventud de Castilla y León.

Según establece esta disposición se podrán expedir los certificados de profesionalidad de la familia profesional servicios socioculturales y a la comunidad correspondientes a los títulos de monitor de tiempo libre, coordinador de tiempo libre e informador juvenil a aquellos jóvenes que hayan superado la formación con anterioridad a la entrada en vigor de esta orden.

Quienes dispongan de estas titulaciones podrán solicitar la acreditación e inscripción en el Registro de Certificados de Profesionalidad previa solicitud individual conforme el procedimiento contenido en esta orden y cumpliendo los requisitos establecidos normativamente.
La presentación de solicitudes por los interesados podrá realizarse:
  • De forma presencial en las Oficinas de Registro del Departamento Territorial de Familia e Igualdad de Oportunidades de las distintas provincias, o en cualquiera de las unidades que integran los servicios de información y atención al ciudadano de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, asícomo en cualquier otro centro de los que se señalan en el artículo 15 del Decreto 2/2003, de 2 de enero, por el que se regulan los servicios de información y atención al ciudadano y la función de registro en la Administración de la Comunidad de Castilla y León.
 
  • De forma telemática a través de la Sede Electrónica 

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